Manual de Usuario Repositorio Mayor
tener indemne a la Universidad, corriendo con todos los gastos de defensa e indemnizaciones que corresponda, ello sin perjuicio de las acciones que la Uni- versidad pueda en su caso ejercer. La Universidad rechaza y sancionará cualquier tipo de plagio, copia o utilización no autorizada de obras, invenciones y otros objetos de derechos intelectuales por alumnos, académicos o funcionarios. La reproducción total o parcial de obras, invenciones o cualquier otro objeto de propiedad intelectual por alum- nos, académicos o funcionarios de la Universidad, que no esté expresamente autorizado por los titulares de los derechos o exceptuado por la ley aplicable está expresamente prohibido. En particular, la Universidad rechaza el plagio, bajo todas sus formas, entendiéndose por tal la reproducción o uso de una obra u objeto de propiedad intelectual ajena, en todo o parte, identificándo- la como propia; rechaza la falsificación de objetos de propiedad intelectual, entendiéndose como el acto de producir o modificar objetos de propiedad intelectual buscando simular su originalidad y rechaza cualquier otro acto o hecho no autorizado sobre dichos objetos, por los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Además de las sanciones legales respectivas, la Univer- sidad podrá sancionar, académicamente, dichos actos con la expulsión de la Institución del responsable o la eventual invalidación de los grados otorgados por la misma. En lo no previsto en este Reglamento será aplicable la legislación nacio- nal vigente sobre propiedad intelectual y en caso de existir vacíos legales, se estará a la opinión de un investigador experto en la materia que se tra- te que será elegido por la Comisión señalada en la cláusula 12° anterior. Todas estas disposiciones puedes consultarlas descargando el documento en el sitio de Transparencia Mayor . También puedes descargar la ley 17336 de propiedad int- lectual y derecho de autor en formato PDF en Ley Chile y Propiedad Intelectual .
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